TÍTULO IV. DE LA VIDA DE LA HERMANDAD

CAPÍTULO I. DE LA VIDA ECLESIAL Y DIOCESANA

REGLA XVIII. La Hermandad ha de vivir su realidad eclesial en estrecha comunión con el Excmo. y Rvdmo. Sr. Arzobispo de Sevilla, de quién recibe su misión. Las relaciones directas con la Curia Diocesana se encauzarán a través del Vicario General y el Secretariado Diocesano de Hermandades y Cofradías.

Se tendrá especial relación de comunión eclesial y colaboración pastoral con el Párroco de San Gil Abad y el Vicario Episcopal de Zona.

Anterior Volver | Subir Siguiente